lunes, 21 de abril de 2014

Emite CDHEM recomendación al gobierno de Zumpango

Agencia MANL

Zumpango, Méx.- A causa de la omisión de un comandante de la policía municipal, quien tenía la instrucción del Ministerio Público de resguardar un domicilio, y derivó en el homicidio de un hombre a manos de una multitud que lo acusaba de un supuesto delito, la Comisión de Derechos del Estado de México (CDHEM) emitió la recomendación 02/2014, al gobierno de Zumpango que encabeza el presidente municipal Abel Domínguez Azuz.

El pasado 5 de agosto de 2012 en el poblado de San Juan Zitlaltepec, un grupo de vecinos aseguraba que en el interior de un domicilio particular estaban desvalijando un vehículo, por lo que se pidió apoyo a la Dirección de Seguridad Pública Municipal y al lugar arribó el comandante Juan Crispín Barreno, quien tuvo comunicación con el acusado, quien permitió el ingreso del jefe policiaco para inspeccionar que no se registraba ninguna conducta delictiva.

Al lugar acudió el Ministerio Público, pero ante la falta de acusación directa o de flagrancia del delito, pidió a los inconformes reunidos iniciar una denuncia de hechos, pero no hicieron caso ni se retiraron del sitio, pues las personas reunidas estaban instigadas por una supuesta víctima.,

El MP sugirió al uniformado Juan Crispín Barreno dejar dos patrullas para resguardar el lugar ante la amenaza de los vecinos de entrar a la vivienda para sacar y agredir al presunto delincuente y aplicar la justicia por sí mismos, ya que potaban palos, machetes y bates de beisbol.

Crispín Barreno, no tomó las medidas pertinentes y se retiró. Como consecuencia, la turba se apoderó y dio muerte al vecino, ante la omisión del jefe policíaco para controlar o disuadir a las personas enardecidas, y al retirarse dejó desprotegido al ciudadano.

El Organismo investigó y la excusa del comandante Juan Crispin fue que las unidades policiacas carecían de combustible y esto afectaba a la constancia de los rondines, con lo que se incurrió a los principios de integridad, seguridad personal y jurídica de la persona, quien resultó muerta por arma de fuego.

Además se tiene la conparecencia de los elementos de protección civil y bomberos de Zumpango, quienes señalan que cuando arribaron al lugar de los hechos para prestar auxilio, no había presencia policíaca.

Por lo antes descrito y con el fin de valorar las conclusiones del Organismo en la investigación y sanciones a dichas acciones.Por estos hechos la CODHEM solicitó por escrito a la Comisaría Municipal de Seguridad Ciudadana de Zumpango, anexar una copia certificada del documento al expediente iniciado por la conducta del policía municipal Juan Crispín Barreno.

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